La Sala Sexta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la vida, la salud, la dignidad humana y el mínimo vital de una mujer que, tras incorporarse en 2021 a la Policía Nacional como auxiliar en el servicio militar voluntario, fue desacuartelada en 2022 debido a su estado de embarazo.
La resolución que ordenó su desvinculación fue emitida por el comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá y también afectó a otras auxiliares en situación similar. Como consecuencia, la accionante dejó de percibir la bonificación que recibía, y su hijo recién nacido quedó sin cobertura en servicios de salud.
Decisión de la Corte: discriminación y déficit normativo
La Corte evidenció que la Policía Nacional aplicó normas sobre exoneración del servicio militar previstas para hombres sin considerar el principio de especial protección a la maternidad, lo que resultó en un trato discriminatorio por razones de género. Según la Corte:
El embarazo no es una condición ajena a la voluntad.
Las causales de exoneración son garantías opcionales. La normativa permite continuar prestando el servicio militar de forma voluntaria y autónoma, aun cuando existan causales de exoneración.
La maternidad no constituye, por sí misma, una causal de desacuartelamiento.
La Sala concluyó que la decisión de la Policía Nacional se basó en prejuicios sociales sobre la maternidad, al considerar incompatible esta condición con las labores de auxiliar de policía.
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Impacto y medidas ordenadas
El desacuartelamiento generó un impacto negativo en el mínimo vital de la demandante y su hijo, debido a la suspensión del auxilio económico previsto por el régimen de la Policía Nacional. Ante esto, la Corte adoptó las siguientes medidas:
Revocación de la resolución de desacuartelamiento.
Reincorporación voluntaria. Se ordenó reincorporar a la demandante para finalizar su servicio militar en labores compatibles con su estado de gestación.
Garantía de salud y pagos retroactivos. La Policía Nacional deberá garantizar atención en salud para la mujer y su hijo, además de pagar los emolumentos dejados de percibir durante el tiempo que faltaba para culminar su servicio militar.
Exhortación al Congreso y a la Policía Nacional
La Corte llamó al Congreso de la República a revisar la legislación vigente y considerar medidas que protejan a las mujeres embarazadas en el servicio militar voluntario, eliminando cualquier forma de discriminación y garantizando sus derechos fundamentales y los del nasciturus.
Así mismo, instó a la Policía Nacional a evitar acciones discriminatorias contra mujeres en estado de gestación y a ajustar sus procedimientos para respetar los principios de igualdad y protección especial a la maternidad.
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